El contrato de señal.
Asegura la compraventa y es la mejor forma de evitar problemas
Cuando se adquiere un bien inmueble, bien sea vivienda o local, de manera previa a la escritura pública de compraventa ante Notario, es habitual y recomendable que las partes firmen un contrato de señal.
En el contrato de señal se pacta el mutuo compromiso de comprar y el de vender y además que si la compraventa no se lleva a efecto por causa del comprador perderá la cantidad entregada a cuenta, y por otro, si la compraventa no se realiza por causa del vendedor devolverá al comprador el doble de la cantidad recibida.
El importe habitual suele ser el 10% del precio de venta y se trata de una buena manera de asegurar la compraventa mientras transcurre el tiempo necesario para los trámites o el plazo requerido para producirse el traslado de la vivienda vendida.
El importe de la señal se considerará en la escritura de compraventa como cantidad entregada a cuenta del precio.