Está en: Inicio > Noticias

Noticias

Listado de artículos

El encargo de venta en Bilbao y Getxo.

Firmar el encargo con la Inmobiliaria da seguridad en la compraventa.

En Cataluña, la Ley 18/2007, de 28 de diciembre, del derecho a la vivienda establece en su artículo 55.5.b) que ningún agente podrá hacer oferta ni publicidad, percibir cantidades o formalizar con terceros ningún precontrato o contrato si no dispone de una nota de encargo firmada que le habilite para ello.Un agente inmobiliario que inserte publicidad de un inmueble sin que la propiedad haya firmado la autorización de venta estará cometiendo una infracción grave que además puede ser sancionada.

Aunque en la C.A.V. no existe dicha imposición legal, la firma del encargo de venta da seguridad jurídica, supone un control de la gestión y resulta, por tanto totalmente recomendable.

Un buen agente simplemente te dirá que no puede vender tu casa si no firmas antes la nota de encargo.
Una nota de encargo debe contener:
• La identidad del agente y de los propietarios del inmueble.
• El plazo de duración del encargo.
• La descripción de la operación encomendada.
• La identificación de la finca
• El precio.
• La retribución del agente y la forma de pago.

Firmar la nota de encargo protege tanto al vendedor como comprador. La compraventa de una vivienda es un acto demasiado importante en la vida de una persona como para tomarlo a la ligera.





Suscríbase al Boletín

Le enviaremos artículos, noticias y novedades del sector inmobiliario.

 Enviar

¿Quiere Vender o Alquilar?

¿Quiere Vender o Alquilar?

Cooperativa LURZORU

Cooperativa de viviendas Lurzoru

Alameda del Doctor Areilza, 10 - 48011 - Bilbao - BIZKAIA - Tlf. 94 600 48 56